6º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 27/09/2022 |
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ARTÍCULO 1°.- Aprobar la creación del EQUIPO DE GESTIÓN CURRICULAR DEL DEPARTAMENTO MATERIAS BÁSICAS, el que quedará integrado de la siguiente manera:
Función
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Nombre y Apellido
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DNI N°
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Coordinadora
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Casco, Eva Silvana
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23.676.454
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Integrantes
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Barión de Gamarci, Mirta
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11.524.729
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Faccioli, Bruno
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35.770.547
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Giménez Uribe, Alfonso
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18.242.135
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Gon, Fabián Rodolfo
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16.948.300
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Heritier, Virginia
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31.471.850
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Mansilla, Franco Daniel
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40.645.571
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Mazzieri, Vanina
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23.482.702
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Pochettino, Leandro Agustín
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36.935.474
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Ramírez, Sandra Cristina
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22.280.208
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Roldán, Susana Noemí
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17.516.117
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ARTÍCULO 2°.- Establecer las siguientes funciones y atribuciones para el equipo designado en el artículo precedente:
- Evaluar la implementación del plan de estudios de la carrera, proponer las modificaciones que considere oportunas y coordinar acciones de implementación.
- Colaborar en la toma de decisiones de los aspectos del Diseño Curricular que requieran una definición (educación a distancia, espacios integradores e interdisciplinarios, asignaturas electivas, otros).
- Colaborar en la elaboración de la Matriz de Tributación Curricular de la Carrera.
- Colaborar en la construcción y revisión de las planificaciones de cátedra de las asignaturas de la carrera, previo a su aprobación por parte del Consejo Departamental.
ARTÍCULO 3°.- Disponer que los miembros del Equipo de Gestión Curricular durarán 2 (dos) años en sus funciones. |
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ARTÍCULO 1º.- Convalidar lo actuado hasta la fecha de la presente resolución y avalar el pedido de prórroga de licencia extraordinaria con goce de haberes presentada por el Ing. Martín Alejandro BÄR, DNI Nº 33.424.591, Legajo UTN Nº 88523 en su cargo de, Jefe de Trabajos Prácticos Interino, de la asignatura: Electrónica y Sistemas de Control del Departamento Ingeniería Mecánica, por el período comprendido entre el 1° de agosto de 2022 al 31 de marzo de 2023, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza 474 (Reglamento de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal Docente), artículo 16º, I, b), 1-2).
ARTÍCULO 2º.- Establecer que, según Anexo de la RES. CD Nº 755/17, Punto 5), el docente mencionado en el Art. 1º de la presente, deberá firmar un compromiso con la Facultad Regional Santa Fe en donde se compromete a permanecer en sus cargos docentes en los que tomó licencia por un período equivalente al doble del otorgado; en caso de no cumplir con esto deberá devolver a la Facultad el monto equivalente a lo cobrado en la licencia con goce de haberes.
ARTÍCULO 3º.- Establecer que, con posterioridad a la experiencia desarrollada, el citado profesional deberá presentar al Consejo Departamental de Ingeniería Mecánica, para ser elevado al Consejo Directivo, un informe detallando la apreciación personal relativa a la utilidad que le proporcionó la realización de su actividad, en cuanto a la influencia en el ámbito de su tarea académica. |
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ARTÍCULO 1º.- Aprobar el “PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE OFICIOS DE LA UTN - FRSF”, y sus ANEXOS que forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia el 1 de Noviembre de 2022.
ARTÍCULO 3°.- Solicitar a los Departamentos de Enseñanza que presenten la documentación requerida por la resolución de CD Res. 631/18 “Servicio Rutinario a terceros” para incorporar como un servicio rutinario las respectivas Certificaciones de oficios listadas en el anexo I del procedimiento en cuestión.
ANEXOS I y II MODIFICADOS POR RES. CD Nº 102/2024.
ANEXOS I y VI MODIFICADOS POR RES. CD Nº 490/2024. |
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ARTÍCULO 1º.- Otorgar el aval institucional de la Facultad Regional Santa Fe a la 11ª Jornada de Edificios en Altura (XI JEA 2022) propuesta por el Departamento Ingeniería Civil de esta Facultad, a desarrollarse el 18 de noviembre próximo en la citada Facultad.
ARTÍCULO 2º.- Otorgar el aval institucional de la Facultad Regional Santa Fe al 6° Encuentro Nacional por la Ingeniería Civil –VI ENIC-, cuya realización se llevará a cabo en una jornada de día sábado del mes de noviembre del corriente año, en la mencionada Institución.
ARTÍCULO 3º.- Establecer que los avales institucionales mencionados en los artículos precedentes no generarán erogación presupuestaria para esta Facultad Regional. |
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