2º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 11/04/2023 |
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11-04-2023 |
ARTÍCULO 1º.- Convalidar el cursado efectuado en el período lectivo 2019 de la asignatura Administración de Recursos sin la correlativa Inglés I aprobada al estudiante Facundo Montiel, DNI Nº 39.500.663, LU Nº 10-24153 de la Carrera Ingeniería en Sistemas de
Información.
ARTÍCULO 2º.- Convalidar el examen y dar por aprobada la Práctica Supervisada al estudiante mencionado en el Artículo 1º. |
2023 |
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2º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 2020 |
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11-06-2020 |
ARTÍCULO 1º.- Designar las Comisiones Evaluadoras de Carrera Académica del Departamento Ingeniería Industrial, para cargos de Profesores y Auxiliares Docentes, de acuerdo al detalle que se indica en el ANEXO de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que dicha designación tendrá vigencia a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución y hasta la finalización del Período Lectivo 2020.
ARTÍCULO 3º.- Dejar sin efecto las Res. CD Nº 081/19.
ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido la viabilidad de realizar la evaluación de antecedentes de los docentes en marco de carrera académica, de forma virtual, mediante las plataformas disponibles.
ABROGADA POR RES. CD Nº 252/2023. |
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2º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 11/04/2022 |
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11-04-2022 |
ARTÍCULO 1º.- Conceder licencia con goce de haberes al Dr. Ernesto Martínez, DNI Nº 12.367.757, Legajo UTN Nº 24662, en su cargo de, Profesor Titular Interino, dedicación simple, asignatura: Sistemas y Organizaciones, del Departamento Ingeniería en Sistemas de Información, por el período comprendido entre el 1º de abril y el 30 de setiembre de 2022, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 474 (Reglamento de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal Docente), Art. 16º, I, b), 1-2).
ARTÍCULO 2º.- Establecer que, según Anexo de la RES. CD Nº 755/17, Punto 5), el docente mencionado en el Art. 1º de la presente, deberá firmar un compromiso con la Facultad Regional Santa Fe en donde se compromete a permanecer en sus cargos docentes en los que tomó licencia por un período equivalente al doble del otorgado; en caso de no cumplir con esto deberá devolver a la Facultad el monto equivalente a lo cobrado en la licencia con goce de haberes.
ARTÍCULO 3º.- Establecer que, con posterioridad a la experiencia desarrollada, el citado profesional deberá presentar al Consejo Departamental de Ingeniería en Sistemas de Información, para ser elevado al Consejo Directivo, un informe detallando la apreciación personal relativa a la utilidad que le proporcionó la realización de su actividad, en cuanto a la influencia en el ámbito de su tarea académica. |
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