7º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 02/11/2023 |
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02-11-2023 |
ARTÍCULO 1º.- Establecer para el cálculo de puntos teóricos de cada Departamento de Enseñanza, destinados a la actividad sustantiva de docencia, aquellos necesarios para la cobertura de cargos para atención, organización y mantenimiento de Laboratorios destinados al desarrollo de Actividades Académicas. En los casos en los cuales dicha actividad no estuviese contemplada en el marco de la dedicación, se asignarán teniendo en cuenta los siguientes criterios:
● Cantidad de grupos que desarrollan actividades prácticas en el Laboratorio. Dicha cantidad se definirá en función del número de estudiantes por comisión de la asignatura analizada y la capacidad máxima del laboratorio para la actividad a desarrollar.
● Preparación de actividades experimentales, mantenimiento y calibración de equipos.
ARTÍCULO 2º.- Establecer para el cálculo de puntos teóricos de cada Departamento de Enseñanza, destinados a la actividad sustantiva de investigación, los siguientes criterios:
● Para docentes de D.E. o D.SE., según horas dedicadas a dirección de Centros o Grupos: máx.: 4 hs/sem.
● Para docentes con participación en Proyectos de I+D radicados en UTN FRSF máx:
- D.E.: 20 hs/sem.;
- D.SE.: 10 hs/sem.
ARTÍCULO 3º.- Establecer para el cálculo de puntos teóricos de cada Departamento de Enseñanza, destinados a la actividad sustantiva de extensión, los siguientes criterios:
● Según horas dedicadas a actividades de extensión universitaria en el marco de las dedicaciones, según información registrada en la Secretaría de Extensión y Cultura.
● En caso de no contar con información, se establecerá un criterio similar al empleado para la actividad de investigación.
Para docentes con D.E. o D.SE. con participación en proyectos de extensión radicados en UTN FRSF, se contabilizarán, máx.:
- D.E. 20 hs/sem.
- D.SE. 10 hs/sem.
ARTÍCULO 4º.- Establecer para el cálculo de puntos teóricos de cada Departamento de Enseñanza, destinados a la actividad sustantiva de gestión, los siguientes criterios:
● Para la Secretaría de los Departamentos de enseñanza, 1,5 dedicación de profesor adjunto.
● Para apoyo de gestión, 1,5 dedicación de Ayudante de primera.
● Para Directores de área de Departamentos de Especialidad o Directores de Cátedras, en asignaturas con más de 9 comisiones, 0,5 dedicación de profesor titular (condición de máxima) o de profesor adjunto (condición de mínima), por área de conocimiento. |
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