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3º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 21/05/2026
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294 |
Resolución |
21-05-2026
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ARTÍCULO 1º.- Designar la Comisión Evaluadora de Carrera Académica del Departamento Ingeniería Industrial, para cargos de Profesores y Auxiliares Docentes, de acuerdo al detalle que se indica en el ANEXO de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que dicha designación tendrá vigencia a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución y hasta la finalización del Período Lectivo 2026.
ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido la viabilidad de realizar la evaluación de antecedentes de los docentes en marco de carrera académica, de forma virtual, mediante las plataformas disponibles.
ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido que, de acuerdo a lo indicado en el Art. 12º del CCT y según el Art. 3º de la Ordenanza CS 1755, que cada una de las asociaciones sindicales docentes con personería o inscripción Gremial con ámbito de actuación de la Universidad, podrán designar un veedor gremial, el que estará habilitado para asistir a las deliberaciones de la Comisión Evaluadora, sin voz y sin voto. Las observaciones que los veedores gremiales tuviesen que efectuar luego de la realización de las evaluaciones en las que interviniesen, deberán presentarse a Secretaria Académica hasta 48 horas hábiles posteriores al dictamen de las Comisiones Evaluadoras. |
2026
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3º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 21/05/2026
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290 |
Resolución |
21-05-2026
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ARTÍCULO 1º.- Designar las Comisiones Evaluadoras de Carrera Académica del Departamento Ingeniería Civil, para cargos de Profesores y Auxiliares Docentes, de acuerdo con el detalle que se indica en el ANEXO de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que dicha designación tendrá vigencia a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución y hasta la finalización del Período Lectivo 2026.
ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido la viabilidad de realizar la evaluación de antecedentes de los docentes en marco de Carrera Académica, de forma virtual, mediante las plataformas disponibles.
ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido que, de acuerdo con lo indicado en el Art. 12º del CCT y según el Art. 3º de la Ordenanza CS 1755, que cada una de las asociaciones sindicales docentes con personería o inscripción Gremial con ámbito de actuación de la Universidad, podrán designar un veedor gremial, el que estará habilitado para asistir a las deliberaciones de la Comisión Evaluadora, sin voz y sin voto. Las observaciones que los veedores gremiales tuviesen que efectuar luego de la realización de las evaluaciones en las que interviniesen, deberán presentarse a Secretaría Académica hasta 48 horas hábiles posteriores al dictamen de las Comisiones Evaluadoras. |
2026
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3º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 21/05/2026
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292 |
Resolución |
21-05-2026
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ARTÍCULO 1º.- Designar las Comisiones Evaluadoras de Carrera Académica del Departamento Ingeniería Mecánica, para cargos de Profesores y Auxiliares Docentes, de acuerdo al detalle que se indica en el ANEXO de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que dicha designación tendrá vigencia a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución y hasta la finalización del Período Lectivo 2026.
ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido la viabilidad de realizar la evaluación de antecedentes de los docentes en marco de Carrera Académica, de forma virtual, mediante las plataformas disponibles.
ARTÍCULO 4º- Dejar establecido que, de acuerdo a lo indicado en el Art. 12º del CCT y según el Art. 3º de la Ordenanza CS 1755, que cada una de las asociaciones sindicales docentes con personería o inscripción Gremial con ámbito de actuación de la Universidad, podrán designar un veedor gremial, el que estará habilitado para asistir a las deliberaciones de la Comisión Evaluadora, sin voz y sin voto. Las observaciones que los veedores gremiales tuviesen que efectuar luego de la realización de las evaluaciones en las que interviniesen, deberán presentarse a Secretaria Académica hasta 48 horas hábiles posteriores al dictamen de las Comisiones Evaluadoras. |
2026
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7ª REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO-02/11/2021
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416 |
Resolución |
02-11-2021
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ARTÍCULO 1º.- Disponer que las actividades académicas de clases, evaluaciones parciales y finales hasta el día 30 de diciembre de 2021, se realicen en modalidad virtual, en un todo de acuerdo con la Res. de Consejo Directivo N° 010/2021 y la Res. de Decano N° 895/2021.
ARTÍCULO 2º.- Autorizar como excepción y en base a lo establecido en el Art 1°, con acuerdo previo de los Consejos Departamentales de Enseñanza y el aval de Secretaría Académica y de Planeamiento y de la Dirección Académica, el séptimo llamado a exámenes finales (de diciembre), para aquellas cátedras que lo soliciten, asegurando su implementación en modalidad virtual, podrán incorporar además la modalidad presencial, respetando los protocolos vigentes. Los alumnos podrán optar por la modalidad de su preferencia al inscribirse.
ARTÍCULO 3º.- Establecer que la comunicación de los Departamentos de Enseñanza a Secretaría Académica y de Planeamiento se deberá realizar hasta el 19 de noviembre del corriente. |
2021
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2º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 16/04/2024
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131 |
Resolución |
16-04-2024
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ARTÍCULO 1º.- Otorgar equivalencia al estudiante BARBERA, Alejo Adolfo, DNI Nº 45.942.684, en las siguientes asignaturas que se detallan a continuación, de la Carrera Ingeniería Mecánica:
Seminario Universitario para el Ingreso 2024: MATEMÁTICA – INTRODUCCIÓN A LA UNIVERSIDAD – FÍSICA.
Asignaturas de la Carrera Ing. Mecánica:
Primer Nivel: ANÁLISIS MATEMÁTICO I – ÁLGEBRA Y GEOMETRÍA ANALÍTICA – QUÍMICA GENERAL – FUNDAMENTOS DE INFORMÁTICA.
ARTÍCULO 2º.- Para otorgar equivalencia en la asignatura INGENIERÍA Y SOCIEDAD, el citado estudiante deberá presentar una monografía sobre la “Historia de la Universidad Tecnológica Nacional y sus órganos de Gobierno”.
ARTÍCULO 3º.- Establecer que, el mencionado estudiante, podrá cursar asignaturas sin dar cumplimiento al régimen de correlatividades durante el ciclo lectivo 2024. |
2024
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