6º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 25/09/2024 |
498 |
25-09-2024 |
ARTÍCULO 1º.- Designar como abanderada de esta Facultad, para la Bandera Argentina, en el presente período lectivo, a la estudiante Milagros Rossler, DNI N° 43.126.093, Especialidad Ingeniería Civil; como primer y segundo escolta, al estudiante Francisco Fernando Pallotti, DNI N° 42.925.453, Especialidad Ingeniería en Sistemas de Información y, Fernando Sebastián Lomazzi, DNI N° 43.447.179, Especialidad Ingeniería en Sistemas de Información.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que, si se dispone en actos oficiales la presencia de la Bandera de la Provincia de Santa Fe, el primer escolta citado en el Artículo 1º, será el encargado de portarla, con lo cual, se aplica el orden de mérito para los corrimientos necesarios.
ARTÍCULO 3º.- Nominar como escoltas titulares y suplentes, en ese orden, y en virtud de la necesidad, a los estudiantes Rocío Candela Goddio, DNI N° 42.243.439, Especialidad Ingeniería Civil, Juan Ignacio Albani, DNI N° 42.271.639, Especialidad Ingeniería en Sistemas de Información, Matías Oscar Zapata, DNI Nº 43.064.997 Especialidad Ingeniería Industrial, Facundo Betella, DNI Nº 43.235.448, Especialidad Ingeniería Eléctrica, Federico Ignacio Pacheco Pilan, DNI Nº 42.870.781, Especialidad Ingeniería en Sistemas de Información, Fernando Luis Fogliatti, DNI Nº 41.359.262, Especialidad Ingeniería Civil. |
2024 |
|
6º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 25/09/2024 |
578 |
25-09-2024 |
ARTÍCULO 1º.- Abrogar la Res. CD Nº 320/2024.
ARTÍCULO 2º.- Designar las Comisiones Evaluadoras de Carrera Académica del Departamento Ingeniería Civil, para cargos de Profesores y Auxiliares Docentes, de acuerdo al detalle que se indica en el ANEXO de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Establecer que dicha designación tendrá vigencia a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución y hasta la finalización del Período Lectivo 2024.
ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido la viabilidad de realizar la evaluación de antecedentes de los docentes en marco de carrera académica, de forma virtual, mediante las plataformas disponibles.
ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que, de acuerdo a lo indicado en el Art. 12º del CCT y según el Art. 3º de la Ordenanza CS 1755, que cada una de las asociaciones sindicales docentes con personería o inscripción Gremial con ámbito de actuación de la Universidad, podrán designar un veedor gremial, el que estará habilitado para asistir a las deliberaciones de la Comisión Evaluadora, sin voz y sin voto. Las observaciones que los veedores gremiales tuviesen que efectuar luego de la realización de las evaluaciones en las que interviniesen, deberán presentarse a Secretaria Académica hasta 48 horas hábiles posteriores al dictamen de las Comisiones Evaluadoras. |
2024 |
|
6º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 25/09/2024 |
499 |
25-09-2024 |
ARTÍCULO 1º.- Abrogar la Res. CA Nº 378/05.
ARTÍCULO 2º.- Disponer que el personal de la Facultad Regional Santa Fe que se inscriba a cursar las carreras de posgrado que se dictan en el ámbito de esta Unidad Académica, será beneficiado con un descuento del 35 % del arancel previsto en la carrera seleccionada.
ARTÍCULO 3º.- Establecer que, si el solicitante ya gozara de dicho beneficio y requiere el mismo para cursar otra carrera de posgrado, deberá finalizar la primera carrera con la correspondiente defensa de tesis/TFI aprobada, para poder acceder nuevamente a dicha bonificación.
ARTÍCULO 4º.- Incorporar a la formulación de los posgrados un estudio económico considerando la bonificación propuesta, de manera informativa y no vinculante a la apertura de cohortes. |
2024 |
|
6º REUNIÓN ORDINARIA CONSEJO DIRECTIVO 25/09/2024 |
579 |
25-09-2024 |
ARTÍCULO 1º.- Abrogar la Res. CD Nº 150/2024.
ARTÍCULO 2º.- Designar las Comisiones Evaluadoras de Carrera Académica del Departamento Ingeniería en Sistemas de Información, para cargos de Profesores y Auxiliares Docentes, de acuerdo al detalle que se indica en el ANEXO de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Establecer que dicha designación tendrá vigencia a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución y hasta la finalización del Período Lectivo 2024.
ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido la viabilidad de realizar la evaluación de antecedentes de los docentes en marco de carrera académica, de forma virtual, mediante las plataformas disponibles.
ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que, de acuerdo a lo indicado en el Art. 12º del CCT y según el Art. 3º de la Ordenanza CS 1755, que cada una de las asociaciones sindicales docentes con personería o inscripción Gremial con ámbito de actuación de la Universidad, podrán designar un veedor gremial, el que estará habilitado para asistir a las deliberaciones de la Comisión Evaluadora, sin voz y sin voto. Las observaciones que los veedores gremiales tuviesen que efectuar luego de la realización de las evaluaciones en las que interviniesen, deberán presentarse a Secretaria Académica hasta 48 horas hábiles posteriores al dictamen de las Comisiones Evaluadoras. |
2024 |
|